Si posees o has recibido recientemente un local comercial heredado, seguramente te surja una duda general en la forma en cómo divide una propiedad entre sus herederos.
Un punto importante, previo al reparto, es que cada uno de los herederos asignados en el testamento acepten o rechacen, siempre voluntariamente, recibir este local comercial como herencia.
Una vez quede registrado esto, y se sepa entre cuántos herederos repartir el inmueble, toca hablar de cómo se hace este reparto.

Cómo se divide una propiedad heredada: ¿testamento o no?
A diferencia de otros bienes que se puedan heredar, un local comercial es indivisible, por tanto se dividirán en porciones.
La forma de designar estas porciones se puede clasificar según exista o no testamento:
La división de la propiedad aparece en el testamento
En este caso, la división del local comercial se hará en tres porciones iguales:
- El tercio de la legítima: este tercio pasará a ser propiedad de los herederos forzosos. Estos herederos son cónyuge, hijos, y nietos en caso de que su padre haya fallecido, que recibirán su parte dentro de este tercio a partes iguales.
- El tercio de la mejora: este tercio se destina a los hijos del difunto, pero no se reparte a partes iguales, se otorgará una parte mayor a los herederos que así se indique en el testamento. De no haber especificada ninguna mejora para ninguno de los hijos, se repartirá a partes iguales.
- El tercio de libre disposición: dispone la porción de la herencia que recibirán, según disponga en el testamento, personas ajenas al vínculo familiar que se recoge en el tercio de la legítima.

La división de la propiedad se realiza sin testamento
El local comercial pasará directamente a los familiares del difunto, teniendo en cuenta una serie de aspectos:
- Si el fallecido tenía cónyuge e hijos la herencia se dividirá a partes iguales entre los hijos, sin embargo, no será el total del local comercial, ya que al cónyuge, si establecieron un matrimonio de bienes gananciales, le corresponderá por comunidad conyugal el 50% de la propiedad. Si no fuese un matrimonio con bienes gananciales, le corresponderá de todas formas un tercio de la propiedad sólo al cónyuge.
- Si no tenía ni hijos ni cónyuge, la herencia irá a sus padres, y si no tuviese, a su familiares más cercanos en grado de consanguinidad.
- Si no tiene ningún familiar hasta un grado de consanguinidad cuarto, el local comercial pasará a manos del Estado.

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